Sucesiones · Derecho Civil y Familiar
Perder a un ser querido es difícil. Enfrentar después los trámites legales para distribuir lo que dejó — sin que haya un testamento — lo hace todavía más complicado. En Colima, como en el resto de México, cuando alguien muere sin haber dejado testamento el proceso que se sigue se llama juicio intestamentario, y tiene reglas precisas sobre quién hereda, en qué orden y cómo se tramita.
Esta guía te explica lo esencial de forma clara, sin tecnicismos innecesarios, para que sepas qué esperar y cómo prepararte.
Dato importante para 2026: El nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares entrará en vigor para los juicios sucesorios en Colima a partir del 15 de noviembre de 2026. Esto cambia la forma en que se tramitan estos procesos. Te lo explicamos más adelante.
Es el procedimiento legal que se abre cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento. Su objetivo es identificar quiénes son los herederos legítimos, proteger los bienes del fallecido durante el proceso y finalmente distribuir la herencia conforme a lo que establece la ley.
A diferencia del juicio testamentario — donde existe un documento que indica la voluntad del fallecido —, en el intestamentario es la ley la que determina el orden y la proporción en que heredan los familiares.
El Código Civil establece un orden de prelación. Los herederos de primer orden excluyen a los de segundo, y así sucesivamente:
Cualquier persona con interés legítimo puede denunciar la apertura del juicio intestamentario: un heredero, un acreedor del fallecido o incluso el Ministerio Público en ciertos casos. El proceso ante el juzgado competente en Colima sigue estos pasos generales:
Hasta ahora, los juicios sucesorios en Colima se tramitaban bajo el Código de Procedimientos Civiles del Estado. A partir del 15 de noviembre de 2026, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares entrará en vigor también para los juicios sucesorios en todo el país, incluyendo Colima.
Entre los cambios más relevantes:
Si todos los herederos son conocidos, están de acuerdo en cómo distribuir los bienes y no existe ninguna controversia, la vía notarial puede ser considerablemente más rápida y menos costosa que el juicio judicial. El notario puede tramitar tanto sucesiones testamentarias como intestamentarias cuando no hay conflicto entre las partes.
Si hay disputas — un heredero que no reconoce a los demás, bienes en litigio, deudas del fallecido que afectan la herencia o herederos menores de edad sin representación — entonces el camino es el juzgado y necesitarás un abogado.
⚠️ Cuidado con los bienes: Mientras no se tramite formalmente la herencia, ningún heredero puede vender, hipotecar ni disponer individualmente de los bienes del fallecido. Hacerlo puede generar responsabilidades legales. Los bienes deben permanecer protegidos hasta que el juicio concluya o el notario formalice la transmisión.
Depende mucho de la complejidad del caso. Un intestamentario sin controversia, con pocos bienes y todos los herederos de acuerdo, puede resolverse en algunos meses. Cuando hay disputas, bienes en varios estados, deudas del fallecido o herederos ausentes, el proceso puede extenderse uno o dos años.
Por eso es importante iniciar el trámite cuanto antes — no existe un plazo legal fatal para denunciar el intestado, pero entre más tiempo pasa, más difícil es localizar documentos, identificar bienes y reunir a todos los involucrados.
Te orientamos desde la primera consulta. Sin compromisos, sin tecnicismos — solo información clara para que tomes la mejor decisión.
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